La NIA
610 nos habla de la responsabilidad que tiene el Auditor Externo en la
utilización del trabajo de los Auditores Internos, para la obtención evidencia
de auditoria y a ayuda directa de los Auditores Internos siempre y cuando estén
bajo la dirección, supervisión y revisión del Auditor Externo.- El Auditor
Externo es el único responsable de la opinión de auditoria expresada en el
informe de auditoria, no se reduce responsabilidad por haber utilizado el trabajo y la ayuda de la AI.
Los objetivos del Auditor Externo en una
auditoria de EEFF de una entidad que cuente con un departamento de AI, y este
utilice el trabajo o tenga la ayuda directa de los Auditores Internos, debe de
determinar si es prudente utilizar el trabajo de la AI o la ayuda de los
Auditores Internos siempre y cuando no tenga prohibido por disposiciones legales
o reglamentarias, y si no está prohibido deberá de evaluar la existencia y
significatividad de las amenazas a la objetividad y el grado de competencia de
los Auditores Internos que prestaran esta ayuda.
Si el trabajo de la AI es utilizado se
debe de analizar el trabajo para ver si es adecuado para los fines de la
auditoria del encargo, si se determina que el estatus de la función en la
compañía y la políticas y procedimientos no sustentan adecuadamente la
objetividad de los Auditores Interno, así también si carece de suficiente
competencia y un enfoque sistemático y disciplinado e incluya control de
calidad.- La función de la AI dentro de una entidad es de asegurar, asesorar,
evaluar y mejorar los procesos de gobierno en la compañía, en cuanto a la gestión
del riesgo y el control interno.
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