jueves, 30 de octubre de 2014

NIA 705 Opinión Modificada en El Informe Emitido por un Auditor Independiente

     La NIA 705 nos habla de la responsabilidad que tiene el Auditor de emitir un informe adecuado, cuando se forma una opinión de conformidad con la NIA 700 y concluya que es necesaria una opinión modificada sobre los EEFF, esta se puede dar sobre la base de la evidencia de auditoría obtenida los EEFF en su conjunto no están libres de incorrecciones materiales o el Auditor no pueda tener evidencia de auditoría suficiente y adecuada para concluir que los EEFF en su conjunto estén libres de incorrecciones materiales.

Podemos mencionar los tres tipos de opiniones modificadas:
  •   Opinión con Salvedades
  •   Opinión Desfavorable o Adversa
  •   Denegación o Abstención de Opinión

 El Auditor expresara una opinión con salvedades cuando habiendo obtenido evidencia de auditoria suficiente y adecuada, concluya que las incorrecciones, individual o de forma agregada son materiales pero estas no generalizadas para los EEFF, o no se pueda tener evidencia de auditoría suficiente y adecuada en la que se basara la opinión, pero se concluya que los efectos sobre los EEFF de las incorrecciones no detectadas, si las hubiera podrían ser materiales pero no generalizadas.

El Auditor expresara una opinión desfavorable, cuando se haya obtenido evidencia de auditoría suficiente y adecuada se concluya que las incorrecciones individuales o de forma agregada, son materiales y generalizadas en los EEFF.

El Auditor denegara una opinión cuando no pueda obtener suficiente y adecuada evidencia de auditoría en la que basara su opinión y se concluya que los efectos sobre los EEFF de las incorrecciones no detectadas si las hubiera podrían ser materiales y generalizadas.

A continuación tenemos el cuadro donde el Auditor toma su juicio sobre la naturaleza del hecho que origina la Opinión Modificada, y la Generalización de los efectos o posibles efectos sobre los EEFF, que afecta el tipo de opinión expresada:

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